En el día de hoy, el Sr. Arzobispo de Sevilla ha hecho públicas unas dispensas sacramentales acordadas con motivo del COVID-19.
Las mismas pueden resumirse en: el Arzobispo hispalense dispensa hasta el 31 de diciembre de 2020 del requisito de haber recibido la Confirmación para aquellas personas que han sido elegidas como padrinos de Bautismo en menores de 14 años. Si bien, “quedando comprometidos, para la licitud de esta dispensa, a continuar -o iniciar- el proceso catequético de preparación para recibir aquel sacramento en cuanto las circunstancias lo permitan”.
Asimismo, quedan dispensado hasta final de año los contrayentes que no hayan recibido el sacramento de la Confirmación, aunque al igual que en el caso anterior, deberán continuar su proceso catequético cuando sea posible.
Finalmente, con el actual decreto se delega al párroco “que lícitamente instruya el expediente matrimonial, hasta el 31 de agosto de 2020, para dispensar de las amonestaciones canónicas en aquellos casos en los que la ‘toma de dichos’ haya debido celebrarse sin que pueda cumplirse el plazo establecido para ello”. En el resto de casos, si se requiere alguna otra dispensa o licencia para el matrimonio o debe trasladarse el expediente a otra diócesis, se procederá de la forma habitual, “solicitando la misma al delegado episcopal para los Asuntos Jurídicos Sacramentales”.